Dos grandes escuelas de pensamiento han dominado despóticamente el mercado de los derivados lácteos. Para la escuela científica, los yogures no caducan, nunca se estropean, porque lo impide su naturaleza de producto fermentado; para la escuela mercantil, triunfante durante decenios, el yogur caduca a los 28 días y no hay más que hablar. Pasado el plazo, tira uno el envase a la basura y se compra otro.
El ministro de Agricultura, Arias Cañete, curtido en caducidades y seísmos alimentarios ha terciado en favor de la tesis de la perennidad. Desde el 29 de marzo, los yogures no tendrán fecha de caducidad, sino una recomendación de consumo preferente, decidida por el fabricante. Pasada esa fecha, el lácteo seguirá siendo apto para el consumo, pero perderá aroma y sabor. Los yogures serán imperecederos.
Arias Cañete sigue un plan. Responde, con razón, a la estrategia europea para reducir el volumen de alimentos en buen estado que los sobrealimentados europeos (al menos hasta la crisis) arrojan sin miramiento a los desperdicios. Las cuentas abruman, como todas las que se exponen con puntillosa certeza. Los españoles tiran todos los años a la basura casi ocho millones de toneladas de alimentos perfectamente consumibles; que en toda Europa se desperdician al año más de 89 millones de toneladas de alimentos y que en todo el mundo se pierde un tercio del volumen total de alimentos producidos. El Parlamento Europeo se ha propuesto reducir tan dramático despilfarro a la mitad hasta 2025.
La iniciativa consuela a quienes piensan en los millones de hambrientos del planeta. Pero provoca graves interrogantes. Una clásica: ¿Por qué se ha permitido hasta ahora tirar los yogures sanos?
Boletín oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 176/2013, por el que se deroga el RD 179/2003 que establecía la fecha de caducidad. De este modo, los consumidores, a partir de ahora, sabrán que hasta la nueva fecha el yogurt mantiene todas sus propiedades organolépticas, pero que a partir de entonces no significa que su consumo sea perjudicial.
Boletín oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 176/2013, por el que se deroga el RD 179/2003 que establecía la fecha de caducidad. De este modo, los consumidores, a partir de ahora, sabrán que hasta la nueva fecha el yogurt mantiene todas sus propiedades organolépticas, pero que a partir de entonces no significa que su consumo sea perjudicial.
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